blog creado para la Materia Optativa de Iniciación Profesional del Instituto José Mª Pereda de Santander.
miércoles, 29 de febrero de 2012
Normas de publicación respetuosa con Copyright
NORMAS DE PUBLICACION RESPETUOSAS CON COPYRIGHT
Normas de publicación respetuosa con Copyright
martes, 28 de febrero de 2012
Normas de publicación respetuosas con Copyright
No puede haber falsificación si la copia es idéntica a la original y esta no ha sido destruida.
Estas reglas se llamara el ACTA y sus normas serán: constante vigilancia de lo que hacemos en Internet, revisiones de las conversaciones, no podremos subir no fotos ni videos en los que salga una marca registrada ni música famosa.
Nuestras compañías de Internet tendrán el derecho y el deber de analizar y ver todo lo que enviamos por Internet y si esto tiene Copyright podrán meternos una multa, cancelarnos nuestro acceso a Internet o encarcelarnos .Además todo lo que tu envíes con Copyright se lo entregaran a las empresas y estas podrán demandarte o mandarle a la carcel.
Algunos artistas saldrían perjudicados porque ellos no podrían hacer canciones retocadas o que ya existan de otras canciones porque esto seria infringir las leyes.
Esta ley solo beneficia a un grupo de ricos y no sacan ningún beneficio los creadores: ellos no podrán usar sus propias obras aunque sea de su propiedad.Para entenderlo si invento una camiseta y la sacara en producción no la podría enseñar en ninguna fotografía y subirla a Internet.
No podremos subir ninguna foto con copyright a las redes de internet perjudicándonos a nosotros a la hora de expresarnos.
Esto solo pondrá fin a nuestra libertad de expresión y nuestra privacidad.
En esta acta entran la ley SOPA y la ley PIPA:
-La SOPA: se trata de una ley Estadounidense en la que se intenta prohibir cualquier
libertad de expresión.
-La ley PIPA: es la misma que la ley SOPA solo que con otro nombre así que no os dejéis engañar y no os confundáis.
Esto solo sirve para controlar a las grandes masas de población y tenerlas controladas y que estas sean fáciles de manipular para evitar que se revelen contra ellos o organicen protestas.
Yo creo que deberian quitar el acta porque atenta contra nuestra intimidad y libertad.
Aquí os dejo el video para que lo entendais.
lunes, 27 de febrero de 2012
Se define que una falsificación es una imitación fraudulenta de otro producto, pero al ser copias del producto original a esto no se le puede llamar falsificación sino que la información a sido compartida y al no ser eliminada la copia o versión original no se le puede llamar robo.
Este conjunto de reglas se llamara el ACTA(acuerdo contra la falsificación comercial) y sus normas serán: constante vigilancia de lo que hacemos en Internet, revisiones de las conversaciones, no podremos subir no fotos ni videos en los que salga una marca registrada ni música famosa.
Nuestras compañías de Internet tendrán el derecho y el deber de analizar y ver todo lo que enviamos por Internet y si esto tiene Copyright podrán meternos una multa, cancelarnos nuestro acceso a Internet o encarcelarnos .Además todo lo que tu envíes con Copyright se lo entregaran a las empresas y estas podrán demandarte o aplicarte cargos penales.
Algunos artistas saldrían perjudicados porque ellos no podrían hacer canciones retocadas o renovadas de otras canciones porque esto seria infringir las leyes y podían se encarcelados.
Esta ACTA solo beneficia a un grupo llamado "la mafia de contenido" y ni siquiera beneficiaria a los creadores ellos no podrían usarlo aunque sea de su propiedad por ejemplo para entenderlo mejor si yo inventara una canción y la sacara en disco yo no la podría cantar en una fiesta y subirlo a Internet.
Esto afectaría a cualquier persona por ejemplo yo subo una foto a una red social(Tuenti) no podría salir con nada en lo que ponga una marca regristada ,asi afecta esta ley a las redes sociales.
Y todo esto para que pues para poner fin a nuestra libertad de expresión y que nadie pueda decir nada que perjudique a las grandes esferas.
Además nosotros no ganaremos nada sino que solo podremos salir perjudicados.
Creo que con este video lo entenderéis mejor.
Normas de publicacíon respetuosas con el Copyright
Normas de publicación respetuosa con Copyright
Según los principales diccionarios el Copyright (derecho de autor) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica, tanto publicada o que todavía no se haya publicado. Eso significa que es un conjunto de normas que regulan el uso que se le puede dar a algo que alguien ha creado.
LEY SOPA y PIPA.
Recientemente los gobiernos han empezado a luchar contra las infracciones de Copyright que los usuarios hacen, con estas leyes. Activistas online como Anonymous han declarado que no les parece justo así que van a tomar medidas para conseguir que esas leyes se aprueben.
La operación Marzo negro. Es una operación que han propuesto que consiste en dejar de comprar cine, películas en DVD, videojuegos, discos de música y demás objetos de entretenimiento/ocio que tengan copyright para así evitar que consigan ingresos y los gobiernos opten por descartar leyes como SOPA, PIPA o ACTA. Aqui dejo su video oficial que explica la operación detalladamente.
Mi opinión es que deberían acabar con estas leyes porque están en contra de la libertad de expresión.
Normas de publicacion respetuosa con copyright
- MEGAUPLOAD ,LEY SOPA Y COPYRIGHT
-
Normas de publicación respetuosas con copyright
Algunas organizaciones, como la Electronic Frontier Foundation (EFF), hacen evaluación de los efectos de las medidas para evitar saltarse las protecciones de la DMCA. Según la EFF, la sección 1201 de la ley paraliza la libertad de expresión y la investigación científica, pone en peligro el uso legítimo e impide la competencia y la innovación.
¿Qué es el copyright y por qué es importante?
El objetivo de las leyes de propiedad intelectual es el de incentivar la creatividad y la innovación al mismo tiempo que protegen los derechos de los autores y aseguran que la sociedad se pueda beneficiar de estas innovaciones. Los derechos de autor se dividen en 2 tipos: morales y los patrimoniales o de explotación. Los derechos morales están ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e imprescriptibles.
En líneas generales, el autor de una obra es automáticamente el primer propietario de su copyright. Es habitual, sin embargo, que se produzcan transferencias de copyright a un tercero, por ejemplo, un editor. Así, el autor puede ceder todos o algunos de los derechos de explotación, según el tipo de contrato que firme. Los derechos de explotación que pueden cederse son de 4 tipos:
•Reproducción: acto de fijación de la obra en un medio que permita su comunicación y la obtención de copias de todo o parte de ella.
•Distribución: acto de puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo o cualquier otra forma.
•Comunicación pública: acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas.
•Transformación: acto de traducción, adaptación y cualquier otra modificación de una obra en su forma de la que se derive una obra diferente. En el caso de las bases de datos, se considera transformación su reordenación.
Muchos editores académicos piden a los autores que les cedan todos estos derechos como parte del proceso de entrega de los trabajos. Es por tanto importante que el autor sepa a qué está renunciando con la publicación de un trabajo suyo: si el autor cede incondicionalmente el copyright de su trabajo al editor de una revista de suscripción, pierde los derechos arriba indicados (como excepciones, si acaso, para uso personal o con fines didácticos) ya que pasan a ser propiedad del editor. Las consecuencias son múltiples, ya que afectan de modo considerable a la publicación, distribución y usos de los trabajos.
Hay opciones contractuales alternativas a la cesión exclusiva, como son la cesión parcial (en que se establecen unos derechos para el autor y otros-como la publicación o la distribución-, para el editor) o la no cesión (en este caso, el autor otorga al editor el permiso, mediante licencia, para publicar la obra pero reteniendo el copyright). En la sección de “Enlaces de interés” más abajo hay varios ejemplos de licencias
Los principios de Zwolle fueron declarados en el 2002 para reivindicar un equilibrio de derechos entre editores, autores, instituciones académicas y agencias financiadoras de conocimiento.
Es necesario recordar que los términos de un contrato deben ser aceptables para las dos partes firmantes, y por ello, el autor debe intentar modificar los términos contractuales si no son justos mediante la inclusión de una adenda (propuestas de SPARC y de JISC/SURF Copyright Toolbox en la sección de “Enlaces de interés”).
Por tanto, existen opciones a la cesión total y exclusiva de los derechos de explotación de una obra. Las siguientes son alternativas a tener en cuenta a la hora de publicar:
-Publicación en revistas de acceso abierto (un listado exhaustivo se encuentra en DOAJ)
-Publicación en revistas de suscripción que permiten el auto-archivo en repositorios abiertos
-Publicación en revistas de suscripción que no exigen una cesión exclusiva
-Enmienda de la licencia del editor
-Uso de una licencia alternativa (p.e Creative Commons o similar)
Ana Muñoz, licenciada en psicología, directora de Cepvi.com
En virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 32.1, párrafo segundo, de la Ley de Propiedad Intelectual, quedan expresamente prohibidas la reproducción y la distribución de la totalidad o parte de los contenidos de esta página web, con fines comerciales, en cualquier soporte y por cualquier medio técnico, sin autorización.
Ana Muñoz González, es es propietaria de todos los derechos de propiedad intelectual de cepvi.com, a excepción de los artículos firmados por colaboradores de Cepvi.com, que son propiedad de dichos autores.
El usuario podrá visualizar el contenido de Cepvi.com e incluso imprimirlo, copiarlo y almacenarlo en el disco duro de su ordenador o en cualquier otro soporte físico siempre y cuando sea, única y exclusivamente, para su uso personal y privado.
Usos de los artículos en otras webs
•Ningún artículo podrá copiarse en su totalidad en otra página web.
•Podrá copiarse parte de los artículos de cepvi.com siempre que no se copien más de 200 palabras y aparezca un enlace (hipervínculo) al artículo original. Dicho enlace debe funcionar correctamente cuando los usuarios hagan click sobre él y debe conducirlos a cepvi.com.
•No se permite la copia cuando no aparezca ningún enlace (hipervínculo) a cepvi.com, aunque aparezca el nombre de autor o nombre de este portal.
Normas de publicación respetuosas con copyright
Segun la ley española, y de otros paises, una obra obtienen el copyright y tienen derechos de autor en el mismo momento que es creada. Cada uno de los posts escritos en el blog, y la totalidad del blog esta sujeto al copyright desde el momento en que es editado, por lo que teoricamente deberian pedirte permiso para copiar tus textos, imágenes u otro material editado. En otras palabras, para tener copyright no necesitas hacer nada, es el estado natural de un blog. Cuando navegas cualquier blog o web en el que no veas ninguna licencia esta bajo copyright, aunque si lo deseas puedes recalcarlo colocando el simbolo del círculo y la c, allí donde consideres necesario, por ejemplo en las imágenes.
En realidad legalmente lo que se necesita es una licencia especial para dar permiso de que ciertas personas usen ese material de forma libre, o según las condiciones que especifiques. Para ello han surgido licencias de tipo copyleft, como Creative Commons (ser creativo es facil cuando te saltas los intemediarios) que facilitan la distribución de los contenidos-información, pero con ciertas condiciones (como la citación de los autores, o la no-modificación de los contenidos...) cuando el autor así lo indica. Pero esta una historia para otro dia, de momento ya sabemos que cuanto publicamos una imagen o un texto lleva copyright.
Segun la ley española, y de otros paises, una obra obtienen el copyright y tienen derechos de autor en el mismo momento que es creada. Cada uno de los posts escritos en el blog, y la totalidad del blog esta sujeto al copyright desde el momento en que es editado, por lo que teoricamente deberian pedirte permiso para copiar tus textos, imágenes u otro material editado. En otras palabras, para tener copyright no necesitas hacer nada, es el estado natural de un blog. Cuando navegas cualquier blog o web en el que no veas ninguna licencia esta bajo copyright, aunque si lo deseas puedes recalcarlo colocando el simbolo del círculo y la c, allí donde consideres necesario, por ejemplo en las imágenes.